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ASESORÍA LEGAL Y TRIBUTARIA
Soluciones eficientes a sus problemas Legales y Tributarios

De acuerdo a la Resolución 318-2017/SUNAT modificada por la Resolución 312-2018/SUNAT, que regulan la emisión electrónica de comprobantes de pago, a partir de este año se designan como emisores electrónicos de facturas o boletas de venta a las siguientes entidades:

  • -Las instituciones educativas.
  • -Los centros de inspección técnica vehicular.
  • -Las empresas que prestan el servicio de transporte terrestre público de pasajeros dentro de los límites del territorio nacional, y que prestan el servicio de transporte ferroviario público de pasajeros.
  • -Las empresas que prestan el servicio de transporte acuático de mercancías en tráfico nacional, sea este marítimo, fluvial o lacustre.
  • -Las empresas que prestan el servicio de transporte aéreo de carga dentro de los límites del territorio nacional, y las empresas que prestan el servicio de transporte aéreo especial de pasajeros y/o el servicio de transporte aéreo no regular de pasajeros.
  • -Las AFP

Los demás contribuyentes pueden averiguar si se encuentran obligados a emitir comprobantes de pago electrónico y desde que fecha ingresando sus datos en el siguiente link: https://www.sunat.gob.pe/ol-ti-itobligado-consulta/padronObligadosCPE?action=verConsultaComprobanteObligado

Lima, 02 de Enero de 2020