FISCALIZACION DE SUNAT
Contamos con profesionales con experiencia asesorando empresas en procedimientos de fiscalización tributaria iniciados por SUNAT.
El procedimiento de fiscalización es sumamente importante, no solo porque este puede tener como resultado reparos y determinaciones de mayores impuestos a pagar y multas, sino que todo lo que se presente y declare durante el mismo servirá de sustento ante una eventual reclamación y de ser el caso apelación ante el Tribunal Fiscal.
No podrán presentarse en las etapas siguientes, los documentos que fueron requeridos y no fueron presentados, salvo excepciones.
También es muy importante, contar con la asesoría adecuada al finalizar la fiscalización, cuando el resultado no es el mejor, porque en ese momento debe decidirse si, se rectifica, como lo va sugerir, inducir y casi obligar, el fiscalizador, o no se rectifica y se impugna lo que resuelva SUNAT. Para decidir correctamente debe analizarse las consecuencias de cada caso.
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Requerimiento RTF N° 539-2-2000 “…el requerimiento es un acto administrativo y como tal debe encontrarse motivado y constar por escrito. Asimismo, el auditor fiscal debe señalar en forma expresa si cumplió con lo requerido...”
Requerimiento y su resultado
RTF N° 00148-1-2004, 03199-5-2006, 09253- 1-2007 y 09402-1-2007 •Los requerimientos constituyen actos iniciales o instrumentales mediante los que la Administración solicita la presentación de diversa documentación e información sobre la cual realizará una verificación, mientras que en sus resultados se deja constancia de la documentación recibida y, de ser el caso, del examen efectuado sobre ella, y son los que sustentan en rigor, los reparos que constarán en las resoluciones de determinación o de multa.
Motivación del Requerimiento
RTF 00397-2-2009 • “si bien la Administración goza de sus funciones fiscalizadoras, ello no implica que no tenga que motivar adecuadamente sus requerimientos, más aún cuando la información requerida no determina por sí misma una finalidad de relevancia tributaria evidente (…) al no contarse con la fundamentación pertinente, tal solicitud deviene en arbitraria”
RTF 687-4-2005 y 10694-2-2007 “Que de lo actuado se aprecia que en el Requerimiento Nº 00090900, la Administración no ha establecido una fecha precisa para la presentación de la documentación detallada pues la frase “a partir del” contiene una incertidumbre que impide a la recurrente conocer cuándo iba a presentarse la documentación al auditor” .